11 circulares
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A los sujetos pasivos del impuesto a la renta.
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A los sujetos pasivos del régimen impositivo voluntario, único y temporal para la regularización de activos en el exterior.
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Al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y a los sujetos pasivos de IVA del sector agropecuario, acuícola y pesquero que realizan importaciones o adquisiciones locales al amparo de los numerales 4 y 5 del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
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A los sujetos pasivos de impuesto a la renta, sobre la prelación de créditos tributarios aplicables sobre este tributo.
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A los sujetos pasivos de impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas, órganos de control y otras administraciones tributarias.
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A los sujetos pasivos de impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas.
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A los sujetos pasivos que ingresen trámites de Devolución de Impuestos por concepto de Pago Indebido o Pago en Exceso.
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A los sujetos pasivos de Impuesto a la Renta y a los sujetos pasivos de impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas sobre la deducibilidad de pagos a representantes legales, mandatarios o administradores.
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A las personas naturales y sociedades, obligadas a emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios de manera electrónica, la vigencia de los documentos preimpresos.
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A LOS CENTROS DE MEDIACIÓN CALIFICADOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA, QUE NOTIFICAN AL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS (SRI) LAS SOLICITUDES DE TRANSACCIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA, A TRAVÉS DE PROCESOS DE MEDIACIÓN Y A LOS SUJETOS PASIVOS DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS POR EL SRI.
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A LOS SUJETOS PASIVOS DE LA CONTRIBUCIÓN TEMPORAL AL PATRIMONIO DE LAS SOCIEDADES.