Resolución · 2015

NAC-DGERCGC15-00000485

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La tarifa especifica por unidad de cigarrillo, para el cálculo del impuesto a los consumos especiales (ICE), que se aplicada partir del 1 de julio de 2015, será de CERO COMA UNO TRES DOS CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 0,1324).