Refórmase la Resolución No. NAC-DGERCGC12-00040, publicada en el Registro Oficial No. 641 de 15 de febrero de 2012, referente al servicio de transporte terrestre de personas y/o carga por carretera, quienes deberán presentar el respectivo título habilitante otorgado por la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANRCTTTSV).