Dispónese que en las facturas que se emitan con ocasión de transferencias de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos y biocombustibles, se incorpore el número de cédula de identidad o ciudadanía del adquirente.
Dispónese que en las facturas que se emitan con ocasión de transferencias de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos y biocombustibles, se incorpore el número de cédula de identidad o ciudadanía del adquirente.