Cuando se cree una empresa pública y se extinga a una sociedad anterior, se deberá presentar la declaración de todas las obligaciones pendientes por la sociedad en el plazo de 60 días a partir del acto constitutivo.
Cuando se cree una empresa pública y se extinga a una sociedad anterior, se deberá presentar la declaración de todas las obligaciones pendientes por la sociedad en el plazo de 60 días a partir del acto constitutivo.