Establécese la tarifa específica por unidad, aplicable para el cálculo del ICE de cigarrillos, vigente a partir del 1 de enero de 2012 en USD 0,082.
Establécese la tarifa específica por unidad, aplicable para el cálculo del ICE de cigarrillos, vigente a partir del 1 de enero de 2012 en USD 0,082.