Resolución · 2008

NAC-DGER2008-1510

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Las personas naturales o extranjeras residentes en el Ecuador, cuyo monto de activos totales, al primero de enero de cada año, supere los 100.000 dólares estadounidenses, deberán declarar su patrimonio a trasvés de Internet, mediante el formato adjunto a la presente Resolución y que es parte integrante de la misma.