Fíjase la tarifa específica por unidad de cigarrillo, para el cálculo del ICE, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2013, en USD 0,0810.
Fíjase la tarifa específica por unidad de cigarrillo, para el cálculo del ICE, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2013, en USD 0,0810.