Autorizase a las Entidades del Sector Público y a las sociedades, para que utilicen los roles de pago como Liquidación de Prestación de Servicios, para el caso de personal, incluso profesionales, contratado por tales entidades o sociedades en forma periódica o recurrente. En estos casos, quien presta los servicios, no estará obligado a emitir factura pero si deberán presentar las correspondientes declaraciones del Impuesto al Valor Agregado.