Devolución del ISD por comisiones al exterior por turismo receptivo

Devolución del ISD pagado por comisiones al exterior por servicios de turismo receptivo: base legal, trámite, documentos probatorios, procedimiento, formatos y seguimiento.

Actualizado el 04/10/2026

01 ¿Qué es y para qué sirve?

Es un beneficio tributario para las personas naturales o sociedades que pagaron Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) por comisiones al exterior por servicios de turismo receptivo.

Dirigido a:

  • Persona natural, ecuatoriana o extranjera.
  • Persona jurídica privada.

03 ¿Cómo realizo el trámite?

  1. Elabora un escrito de solicitud de devolución del ISD, firmado en físico o con firma electrónica.
  2. Identifica con claridad en el escrito el período fiscal y el monto solicitado.
  3. Presenta la solicitud física en las ventanillas de Secretaría del SRI. Si es digital, usa los canales electrónicos dispuestos para el efecto en www.sri.gob.ec.
  4. Adjunta los medios probatorios que consideres necesarios para demostrar tu derecho a la devolución, previstos en la resolución NAC-DGERCGC19-00000047.
  5. El SRI recibe la solicitud y le asigna un número de trámite.

04 Documentos probatorios

Requisitos previos

  • Estar inscrito en el RUC con estado activo.
  • Presentar el original de la cédula de ciudadanía y la papeleta de votación del representante legal de la sociedad o de la persona natural. Si el representante legal es extranjero, presenta su pasaporte.

Requisitos generales

  1. El registro de turismo y la licencia única anual de funcionamiento vigente para el período solicitado, emitidos por la autoridad de turismo competente.
  2. La declaración del IVA del período por el que pides la devolución, con las ventas por el servicio de turismo receptivo y las comisiones al exterior por esas ventas.
  3. El listado de los comprobantes de venta que soportan las comisiones al exterior por el servicio de turismo receptivo, en medio de almacenamiento informático. Usa el formato publicado en el portal web del SRI, con la firma de responsabilidad del solicitante.
  4. Los comprobantes de venta que sustentan el pago de las comisiones al exterior, en medio de almacenamiento informático. Los comprobantes electrónicos constan solo en el listado del punto 3.
  5. Los comprobantes de retención de la institución financiera, en medio magnético, que sustentan el pago del ISD por las comisiones al exterior. Los comprobantes electrónicos de retención se reportan solo en el listado del punto 3. Presenta también el sustento de las transferencias al exterior por esas comisiones.
  6. El listado de los comprobantes de venta por el servicio de turismo receptivo, en medio de almacenamiento informático. Usa el formato publicado en el portal web del SRI, con la firma de responsabilidad del solicitante.
  7. Los comprobantes de venta por el servicio de turismo receptivo, en los que se evidencie claramente ese servicio, en medio de almacenamiento informático. Incluye las notas de crédito por devoluciones del servicio y el sustento de las retenciones en el exterior por el mismo concepto, cuando correspondan. Los comprobantes electrónicos constan solo en el listado del punto 6.
  8. El sustento de la transferencia desde el exterior a una cuenta del solicitante en una institución financiera local, por el servicio de turismo receptivo, en medio de almacenamiento informático. El detalle de estos documentos consta en el listado del punto 6.
  9. El contrato que permita validar los pagos de comisiones al exterior por turismo receptivo por los que pagaste el ISD, si existe, en medio de almacenamiento informático.

05 Procedimiento

Atención de trámites

  1. El SRI verifica que la solicitud tenga la legitimación del compareciente y sea clara y completa. Si no cumple, emite un oficio de archivo.
  2. Admitido el trámite, el SRI lo revisa y pide, si hace falta, los documentos probatorios necesarios.
  3. Analizado el expediente, el SRI emite una resolución y la notifica al solicitante.

Notificación

Se prioriza la notificación por medios electrónicos, como el buzón del contribuyente del portal transaccional SRI en Línea, disponible en www.sri.gob.ec.

Reintegro de valores

La devolución mediante nota de crédito desmaterializada se emite como un «saldo o anotación electrónica». Se acredita en la cuenta virtual creada para el efecto, a nombre del beneficiario. Más información sobre el reintegro tributario.

06 Formatos y anexos

Herramientas para la documentación digital

El SRI ofrece el formato de documentos y el aplicativo de generación de código único para ingresar la información digital que solicita:

07 Seguimiento de trámites

Canal telefónico

Llama al 1700 SRI SRI (1700 774 774) o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100, a escala nacional. Más información sobre el canal telefónico.

Canal presencial

Los centros de atención están en las 24 provincias del Ecuador. Brindan información y asistencia para tus trámites tributarios. Revisa los centros de atención.

Canal automático: SRI en Línea

Consulta el estado de tu trámite en SRI en Línea, en Trámites y Notificaciones / Notificaciones / Seguimiento de trámites, o en la consulta de trámites.

08 Quejas, sugerencias y felicitaciones

Si tienes propuestas para mejorar los procesos, productos y servicios, o quieres reportar un inconveniente con el Servicio de Rentas Internas, usa el buzón de sugerencias, quejas y felicitaciones.