01 ¿Qué es y para qué sirve?
Es un beneficio tributario para las personas naturales o jurídicas exportadoras habituales de bienes. Les da derecho a la devolución del impuesto a la salida de divisas pagado en la importación de materias primas, insumos y bienes de capital que se incorporan en procesos productivos de bienes que se exportan.
La devolución cubre la parte que no se haya usado como crédito tributario, costo o gasto, y que no se haya recuperado o compensado de cualquier manera.
Dirigido a:
- Persona natural: ecuatoriana o extranjera.
- Persona jurídica: privada.
02 Base legal
- Tercer artículo innumerado agregado a continuación del artículo 162 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador
- Cuarto artículo innumerado agregado a continuación del artículo 21 del Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas
- Disposición transitoria sexta del Reglamento para la aplicación de la Ley para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal
- CPT-RES-2019-001: resolución del Comité de Política Tributaria que establece los límites y condiciones para la devolución del ISD a exportadores habituales de bienes.
- NAC-DGERCGC19-00000016: normas que regulan el procedimiento y los requisitos para la devolución del ISD por coeficientes a los exportadores habituales de bienes.
03 ¿Cómo realizo el trámite?
La devolución automática se solicita en el sistema de Devolución del ISD a exportadores por coeficientes.
Canal virtual: SRI en Línea
- Ingresa a SRI en Línea e inicia sesión con tu usuario y contraseña.
- En el menú, elige Devoluciones (TAX REFUND).
- Escoge el submenú Devolución del ISD a exportadores por coeficientes.
04 Requisitos
- Estar inscrito en el RUC con estado activo.
- Ser exportador habitual de bienes según la normativa tributaria.
- No tener prescrito el derecho a la devolución del ISD por el período solicitado.
- Cumplir todas las formalidades aduaneras del perfeccionamiento de las exportaciones e importaciones definitivas que vas a declarar.
- Importar subpartidas de materias primas, insumos y bienes de capital del listado del Comité de Política Tributaria, y pagar el ISD de esas importaciones.
- Cumplir el requisito de ingreso neto de las divisas por exportaciones.
- Haber presentado la declaración mensual del IVA del período por el que pides la devolución. En ella deben constar:
- Los valores de exportaciones de bienes.
- Los valores de importaciones de materias primas, insumos y bienes de capital del listado del Comité de Política Tributaria vinculados a la exportación, y el ISD pagado por esas importaciones.
- La proporción del ingreso neto de divisas de exportaciones de bienes.
05 Procedimiento
- Usa el mecanismo de devolución automática por coeficientes.
- Ingresa la solicitud en el portal web institucional www.sri.gob.ec, sección Devoluciones (TAX refund), opción Devolución del ISD a exportadores por coeficientes.
- El sistema hace una validación previa. Si es exitosa, genera un valor a devolver según los factores técnicos del Comité de Política Tributaria y tu declaración mensual del IVA.
- Acepta o rechaza ese valor. El rechazo termina el proceso, pero puedes presentar una nueva solicitud por este mecanismo.
Reglas de la devolución
- Se devuelve la parte que no se haya usado como crédito tributario, costo o gasto, y que no se haya recuperado o compensado de cualquier manera.
- Las solicitudes se presentan por períodos mensuales, una vez hecha la exportación de bienes que incorpora las importaciones del listado del Comité de Política Tributaria por las que pagaste ISD.
- La devolución procede desde el período de enero de 2018.
- El beneficio se aplica en la proporción del ingreso neto de divisas desde el exterior al Ecuador que demuestres, respecto del total de la exportación neta.
- El valor se reintegra con una nota de crédito desmaterializada.
Nota
Se excluye la actividad petrolera y cualquier otra actividad relacionada con recursos naturales no renovables.
06 Formatos y anexos
07 Seguimiento de trámites
Canal telefónico
Llama al 1700 SRI SRI (1700 774 774), o a las líneas fijas 043 805 920 y 032 998 100 a escala nacional. Más información en el canal telefónico del SRI.
Canal presencial
Los centros de atención están en las 24 provincias del Ecuador y brindan información y asistencia para tus trámites tributarios. Revisa los centros de atención.
Canal automático: SRI en Línea
Consulta el estado de tu trámite en Trámites y Notificaciones / Notificaciones / Seguimiento de trámites, o directamente en el seguimiento de trámites.
08 Quejas, sugerencias y felicitaciones
Si tienes propuestas para mejorar los procesos, productos y servicios, o quieres reportar un inconveniente con el Servicio de Rentas Internas, usa el buzón de sugerencias, quejas y felicitaciones.