108 circulares
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A los sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales.
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A los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado.
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Se informa a la ciudadanía sobre la reforma del Art. 21 del Código Tributario, referente al cálculo de intereses.
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Se aclara a los contribuyentes que las tres alternativas que prevé el primer artículo innumerado, a continuación del artículo 21 del Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas son excluyentes entre sí; y, que no procede emplear una declaración sustitutiva para cambiar de alternativa, por cuanto esta situación no se enmarca dentro del supuesto del artículo 73 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
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A los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta
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A los sujetos pasivos del impuesto ambiental a la contaminación vehicular
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A los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta y del Impuesto al Valor Agregado sobre bancarización.
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A los sujetos pasivos que apliquen la deducibilidad de gastos personales para la liquidación del Impuesto a la Renta.
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A los sujetos pasivos del impuesto a la renta.
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A los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, no podrán exigir emisión de comprobantes físicos si han optado por la facturación electrónica.
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A los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta, se les recuerda que las organizaciones de Economía Popular y Solidaria no son sujetos de retención en la fuente del Impuesto a la Renta
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A los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta, deducciones por gastos de publicidad y difusión del uso de dinero electrónico como medio de pago, incurridos en el 2017 y cumplan con lo establecido en las Resoluciones NAC-DGERCHC17-00000108 Y 253 serán aplicables en el ejercicio fiscal 2017.
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A los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta (IR) * Esta circular está próxima a publicarse en el Registro Oficial.
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A los sujetos pasivos del Impuesto los Consumos Especiales (ICE).
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A los productores nacionales de bienes gravados con Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)
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A los sujetos pasivos del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
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A los sujetos pasivos de impuestos administrados por el SRI.
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A los depositarios judiciales y administradores de bienes ajenos de los órganos jurisdiccionales y administrativos, que intervienen en procesos de remate o subasta de vehículos embargados.
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A los sujetos pasivos que aplican tarifas específicas del impuesto a los consumos especiales.
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A las sociedades domiciliadas o establecimientos permanentes en Ecuador que actúen como sustitutos en el pago de obligaciones tributarias
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A los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado en la transferencia local de bienes muebles de naturaleza corporal y en la prestación de servicios.
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A los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que se dedican a la distribución de derivados de hidrocarburos.
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A los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado, sean estos sociedades o personas naturales, que realicen adquisiciones y consumos en las provincias de Manabí y Esmeraldas
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A los contribuyentes pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales
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A los contribuyentes del Impuesto a la Renta que realicen operaciones de regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría con partes relacionadas